¿Tengo que devolver más adelante el importe de la ayuda recibida?

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¿Tengo que devolver más adelante el importe de la ayuda recibida?

En principio no ya que se trata de una ayuda a fondo perdido, salvo en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Base nº 14 de la Convocatoria, o por incurrir la entidad beneficiaria del incentivo en algunas de las causas establecidas en la Base nº17 reguladora de la Convocatoria.

En ambos supuestos se procederá al reintegro parcial o total de la subvención concedida y a los intereses de demora en su caso.