¿Qué empresas pueden ser beneficiarias de esta ayuda?

¿Qué empresas pueden ser beneficiarias de esta ayuda?

Podrán ser susceptibles de recibir subvención en la Convocatoria, autónomos, empresas o entidades, en adelante, las Solicitantes, aquéllas que cumplan con las siguientes características:

En el caso de Planes de formación e inserción laboral: las personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada ERL) y las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.

En el caso de Proyectos de mejora de la competitividad: las personas físicas y las empresas, con personalidad jurídica, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas, con centro de trabajo y que ejerzan su actividad económica en el término municipal de Córdoba.

En el caso de Proyectos de carácter social: las empresas de inserción, las empresas de economía social, las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro y las organizaciones empresariales o sindicales, que se encuentren legalmente constituidas, ubicadas y con centro de trabajo en el término municipal de Córdoba.

Según establece la Base nº 5.1 “Entidades Beneficiarias” reguladora de la Convocatoria.