¿Tengo que devolver más adelante el importe de la ayuda recibida?
¿Tengo que devolver más adelante el importe de la ayuda recibida?
En principio no ya que se trata de una ayuda a fondo perdido, salvo en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Base nº 14 de la Convocatoria, o por incurrir la entidad beneficiaria del incentivo en algunas de las causas establecidas en la Base nº17 reguladora de la Convocatoria.
En ambos supuestos se procederá al reintegro parcial o total de la subvención concedida y a los intereses de demora en su caso.